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Erradicación del amianto - BCN Arquitecto

La Ley 8/2026 sobre la erradicación del amianto: nuevas obligaciones y retos para los estudios de arquitectura.

La presencia de amianto en muchos inmuebles construidos hace décadas todavía sigue poniendo en jaque la seguridad y la salud pública.

Por eso, y aunque hace tiempo que existe una estricta regulación al respecto, ha sido necesario incrementar algunas medidas legislativas con el objetivo de erradicar totalmente este material.

Por ejemplo, en el caso de Cataluña, hace unos meses que se aprobó la Ley 8/2026, de 2 de julio, de erradicación del amianto, con la que se pretende extremar las fórmulas para identificar, gestionar y retirar este material. Un cambio normativo que afecta a propietarios, empresas y, también, a los estudios profesionales de la arquitectura.

Claves de la Ley 8/2026 para la erradicación del amianto en Cataluña

Publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el 3 de julio de 2026, esta ley entró en vigor el pasado 3 de octubre de 2026, con la excepción prevista para su régimen sancionador. Su objetivo es coordinar las actuaciones para eliminar progresivamente el amianto de los inmuebles, proteger la salud y garantizar una gestión segura de los residuos.

Entre sus principales medidas destaca la creación de:

  • Una comisión catalana para la erradicación del amianto
  • Un censo catalán de materiales que contienen amianto
  • Un plan de actuación en Cataluña para su erradicación
  • Un registro de empresas autorizadas para su retirada
  • Un fondo destinado a financiar actuaciones de detección, retirada y gestión

También establece obligaciones para las administraciones y regula el derecho a recibir información sobre la presencia de estos materiales.

¿Cómo afecta esta ley a los estudios de arquitectura?

Los estudios de arquitectura en Cataluña debemos prestar atención a la posible presencia de amianto, especialmente al proyectar reformas, rehabilitaciones y demoliciones.

Tejas, depósitos, bajantes, tuberías, forjados, falsos techos, pavimentos, chimeneas y conductos son algunos de los elementos más habituales en los que, aún hoy, se puede encontrar amianto en alguna de sus modalidades.

Identificarlo antes de intervenir permite planificar los trabajos, prevenir exposiciones peligrosas e incorporar una gestión adecuada de los residuos.

Además, la aplicación de esta nueva legislación debe coordinarse con dos decretos:

  • Real Decreto 396/2006, que establece las medidas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto
  • Real Decreto 105/2008, relativo a los residuos de construcción y demolición. La retirada debe realizarse conforme a los requisitos aplicables y por empresas habilitadas

Otro cambio que también afectará a los estudios de arquitectura es la emisión del llamado certificado de Presencia o Ausencia de Amianto del que quiero hablarte a continuación.

¿Qué es el Certificado de Presencia o Ausencia de Amianto?

Es otra de las herramientas que se han habilitado para eliminar el amianto en Cataluña.

Está recogido en el artículo 21 de la Ley 8/2026 sobre la erradicación del amianto, donde se define este certificado como el documento profesional que informa sobre la presencia o ausencia de amianto en un inmueble en el momento de su emisión.

Este certificado se ha convertido en un requisito obligatorio para la compraventa o alquiler de inmuebles construidos antes de 2002, aunque no tiene este carácter de obligatoriedad para reformar o rehabilitar una vivienda construida antes de dicho año.

En todo caso, y aunque aún no se ha aprobado el desarrollo reglamentario que concreta sus características, este certificado debe acreditar, como mínimo, la presencia o ausencia de amianto visible, el estado de conservación de los materiales que lo contienen y el riesgo que pueden representar para las personas.

Para poder emitir este certificado, la legislación obliga a que la comprobación sea física, sin que pueda basarse en fotografías o vídeos.

Consejo si vas a comprar una vivienda

Antes de decidirte a comprar una vivienda de segunda mano para reformarla, te conviene acudir a un estudio de arquitectura con experiencia en la identificación de materiales potencialmente peligrosos que esté al tanto de la nueva legislación vigente.

Aunque, desde el mes de julio, el vendedor está obligado a contar con el Certificado de Presencia o Ausencia de Amianto, no está de más que, si vas a reformar la vivienda adquirida, el estudio de arquitectura eche un vistazo previo para detectar la presencia de este material.

Además, no olvides que, aunque el certificado no es una obligación previa a cualquier obra, la retirada de este material sí lo es, especialmente en estos dos supuestos:

1.- Afectación por las obras: Si reformar la vivienda es necesario romper, desmontar o perforar bajantes de fibrocemento, depósitos o cubiertas, es obligatorio retirarlos por ley.

2.- Fin de la vida útil o degradación: La Ley 7/2022 de Residuos dictamina que el amianto debe retirarse obligatoriamente cuando llega al final de su vida útil (estimada en 20-30 años) o si muestra signos de degradación.

Conclusión

Por lo tanto, basándonos tanto en la legislación existente desde hace años como en la nueva Ley 08/2026 para la erradicación del amianto en Cataluña, te aconsejamos acudir a un estudio de arquitectura que pueda asesorarte y aplicar las medidas pertinentes ante la posible presencia de este material.

En Miguel Ángel Calvo Arquitecto puedo encargarme además del Certificado de Presencia o Ausencia de Amianto, de la misma forma que realizamos numerosos trámites como puede ser la obtención de licencias de obra o la emisión del ITE de edificios en Barcelona.

Contacta conmigo ante cualquier duda relacionado con esta nueva normativa para erradicar el amianto de forma definitiva de los inmuebles. Contar con un asesoramiento técnico especializado te ayudará a cumplir la normativa aplicable, proteger tu bienestar y gestionar correctamente los residuos.

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